III
DISPOSITIVO
Ahora bien, de lo antes expuesto considera quien aquí decide, que el desistimiento ejecutado, en el presente juicio, ha sido expuesto de manera suficientemente clara, pues, deja en absoluta evidencia la voluntad de abandonar la acción a través del cual pretendía el Divorcio.
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en el juicio DIVORCIO, intentado ciudadano TEODORO ANTONIO ESCALONA Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.757.319, y de este domicilio, contra la CARMEN LUISA SEQUERA DE ESCALONA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No: V-4.069.775, y de este domicilio. Se declara terminado el juicio.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DEJES COPIA.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de.....