SE REPONE LA CAUSA AL ESTADO DE CITACION. En consecuencia se declara la nulidad de las actuaciones procesales, y se suspende el procedimiento hasta que el demandante solicite nuevamente la citación de todos los demandados. En el presente juicio de TRÁNSITO, incoado por los ciudadanos ALFONSO JOSE MUJICA AGUIRRE Y ALEXIS NAPOLEON GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros. 10.776.367 y 4.805.667 respectivamente, contra el ciudadano JUAN ALFONSO BUSTILLOS, venezolano, mayor de edad, con cedula de identidad Nº. 4.475.976 y de este domicilio Y MULTINACIONAL DE SEGUROS C.A