-III-
DISPOSITIVA.
Por las razones antes expuestas y en mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA: PRIMERO: MEDIDA CAUTELAR NOMINADA CONCERNIENTE AL SECUESTRO sobre un Vehículo, CLASE: TRACTOR; MODELO: LAND POWER DT 190 CB; MARCA: LANDINI; MOTOR: IVECO; SERIAL: SA4LK46083F4CE0654HB6046175066; SEGUNDO: Se ordena librar despacho de comisión a los Tribunales de Municipios Ordinarios y Ejecutores de Medidas de la Circunscripción Judicial Estado Lara para la práctica de esta medida; TERCERO: Se acuerda oficiar a la U.R.D.D. Civil del estado Lara con el fin de que distribuya previo sorteo de ley la referida comisión; CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE. DÉJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en l.....