DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE RESOLUCION DE CONTRATO DE OPCION DE COMPRA-VENTA, incoada por la ciudadana JORELIS ALEJANDRA BAEZ VILCHEZ contra el ciudadano FRANCISCO BARAZARTE FARIAS, todos antes identificados. En consecuencia Primero: SE DECLARA SIN LUGAR LA RECONVENCION formulada por la parte demandada reconviniente antes identificados; Segundo: Se declara resuelto el contrato de Opción de compra-venta acordado entre las partes, en fecha 22 de Agosto de 2007, autenticado por la Notaria Publica Cuarta de Barquisimeto del Estado Lara bajo el Nº 44, Tomo 249, dando en Opción a Compra un inmueble de su propiedad, sobre una casa Quinta unifamiliar y la parcela sobre la cual esta construida identificada con el Numero 7 de la Urbanización La Arboleda Norte, con frente a la Calle 7 y las Carreras 2 y 3 de la población de La Piedad de la Parroquia José Gregorio Bastidas del Municipio Palavecino del Estado Lara; Tercero: Se ordena a la parte demandante-reconvenida a entregar el accionado-rec.....