de conformidad con el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, SOBRE BIENES MUEBLES, propiedad de la parte demandada Firma Mercantil COMERCIAL GRAN ÉXITO XXI, C.A, inscrita en el Registro de Información fiscal N° RIF J- 40137976-1, ante el registro Publico Mercantil Primero del estado Aragua en fecha 06 de septiembre del 2012, bajo el N° 45, tomo 123-A, en la persona de la ciudadana CAROL YUSEPINA DE MICHELLE BAUTISTA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.256.839, en su carácter de Director, hasta cubrir la suma de TREINTA MIL NOVENCIENTO S DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($ 30,900.00), si la medida recae sobre dinero en efectivo; o en su defecto el doble, hasta cubrir la suma de SETENTA Y UN MIL SETENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($ USD 71.070,00), si la medida recae sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada, más la suma de SIETE MIL SETECIENTOS VEINTICINCO D.....