-II-
DECISION
En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE LA OPOSICION A LA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR DECRETADA POR ESTE JUZGADO EN FECHA 02 DE NOVIEMBRE DE 2023, recaida sobre un inmueble propiedad de LA SUCESIÓN DE HERMANOS URDANETA, accionistas y copropietarios de la empresa A.P.U. Edificio Claret C.A. (CLARETCA), ciudadana GLADIS MARGARITA URDANETA URBINA, MIGUEL ANGEL URDANETA, ANGEL SIMON URDANETA CASTILLO, en su condición de heredero ab intestato del ciudadano LUIS ANGEL URDANETA URBINA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad N° V-3.321.784, V-2.537.007, V-18.057.559 y de este domicilio, igualmente a las ciudadanas ADA LUISA URDANETA URBINA y EMILIA ROSA URDANETA URBINA, fallecidas ab intestato, por terreno con u.....