DECISIÓN
En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: PROCEDENTE, la oposición realizada por la parte demandada a las pruebas promovidas por la parte actora referentes a la Inspección Judicial y la Exhibición de Documentos. SEGUNDO: IMPROCEDENTE, la oposición realizada por la parte demandada a las pruebas promovidas por la parte actora referentes a la Confesión a los demandados y la prueba de Informes, en el JUICIO POR PARTICION DE HERENCIA incoado por la ciudadana MAIRA ANA CORDERO DIAZ, contra los ciudadanos OMAIRA OLINDA DIAZ DE CORDERO, ROSARIA CORDERO DE ALCALA, RAFAEL ARTURO CORDERO DIAZ, RUBEN RENATO CORDERO DIAZ y TRINA ANA CORDERO DE BOLIVAR, respectivamente, en su carácter de coherederos del ciudadano RAFAEL SEGUNDO CORDERO (difunto), todos anteriormente iden.....