III
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE POR INEPTA ACUMULACION DE PRETENSIONES, la presente demanda por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL Y LA INDEMIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS intentado por el ciudadano VIANEY ANTONIO MORENO, Venezolano, mayor de edad, Titular de la cédula de Identidad N° V- 4.384.060, contra La empresa Mercantil FRENCA, C.A, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del Estado Lara, en fecha del 26, de Febrero del año 2004, quedando inserto bajo el N° 10; Tomo 12-A, expediente N° 0000054565, Registro de Información Fiscal (RIF), J-31115371-3, en la persona de su representante legal, ciudadano RAFAEL JOSE PEREZ AREN, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 3.089.172.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la .....