En corolario de los razonamientos, supra expuestos, este Juzgado DECRETA: MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un inmueble constituido por una casa y parcela de terreno, la cual forma parte integrante de la organización o parcelamiento denominado Urbanización Loma Linda, situada en la parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del Estado Lara, distinguido con el lote número 2, la referida parcela esta distinguida con el número 29, y posee un área de superficie aproximada de cuatrocientos sesenta y dos metros cuadrados con veinte decímetros cuadrados (462,20 M2), correspondiéndole un porcentaje del 2.4478% del área total. Se encuentra comprendida dentro de los siguientes Linderos: Norte, en línea quebrada de veinticuatro con noventa y cinco centímetros (24,95 mts.), con la parcela número 30; Sur, en línea quebrada de veinticinco metros (25 mts.), con la calle Aveiro; Este, en línea quebrada de diecisiete metros con quince centímetros (17,15 mts.), con zona comunal; y Oeste, .....