este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de DIVORCIO, intentado por la ciudadana IRIS DEL VALLE HERRERA PULGAR, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 10.778.922, de este domicilio, contra el ciudadano POLIVIER ANTONIO DURAN PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.602.028 y de este domicilio. NOTIFÍQUESE A LA PARTE ACTORA.REGISTRESE Y PUBLIQUESE. DEJESE COPIA.