Y por cuanto la referida Resolución fue publicada en Gaceta Oficial en fecha 2 de abril del año 2009, y la presente demanda fue presentada por ante la U.R.D.D Civil, en fecha 03/07/2012, es por lo que este Tribunal en acatamiento a la referida Resolución, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, por Autoridad de La Ley, se DECLARA INCOMPETENTE para seguir conociendo del presente asunto y DECLINA LA COMPETENCIA del mismo a uno de los Tribunales de Municipios del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, a quien se ordena remitir las presentes actuaciones.