Vista la solicitud que procede suscrita por la ciudadana: YOLANDA JOSEFINA GUTIERREZ DE TREMONT, venezolana, mayor de edad, con domicilio en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.959.479, actuando en nombre propio y en representación de sus hijos DEYANIRA MERCEDES TREMONT GUTIERREZ, DIMAS JOSE TREMONT GUTIERREZ, ENEIDA DEOCRACIA TREMONT GUTIERREZ, MARLENE DEL CARMEN TREMONT DE AMORIN, ANTONIO JOSE TREMONT GUTIERREZ, HEDY COROMOTO TREMONT GUTIERREZ, HAYDEE JOSEFINA TREMONT GUTIERREZ, ISABEL MARIA TREMONT DE CALDERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas Nros. V-7.327.626, V-7.303.604, V-7.303.605, V-4.383.199, V-3.860.414, V-4.721.263, V-4.383.500, V-3.536.046, domiciliados en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, debidamente asistida por la abogado en ejercicio Gema del Socorro Alvarado, inscrita en impreabogado bajo el Nº 4.890, para que este tribunal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 936 del código de procedimien.....