Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentada por la ciudadana ROSSANA SPITALERI MEDINA contra la empresa INVERSIONES C.M.J.,C.A., todas identificadas.
SEGUNDO: Se ordena a la demandada otorgar documento de aclaratoria del documento otorgado en el Registro Inmobiliario del Segundo Circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara, Bajo el Numero 23 Protocolo Primero, Tomo 12, Segundo Trimestre de 2.004, de fecha catorce (14) de Mayo del Año 2.004, en la cual se especifique la asignación del segundo puesto de estacionamiento, tal como consta en el respectivo documento de condominio aludido. Aclaratoria que deberá materializarse dentro de los treinta días calendarios siguientes al pronun.....