Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos, debidamente identificados, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad col 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano, ARTURO MELENDEZ ARISPE, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: EN EL CONJUNTO RESIDENCIAL "LAS ALQUERIAS", PARCELA N° 6, EN LAS COLINAS DEL TURBIO, CALLE TEREPAIMA CON TARABANA, JURISDICCION DE LA PARROQUIA SANTA ROSA, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y alinderadas en: NORTE: con la parcela N° 5, del punto T7 al punto T 19, en línea de 26.919 mts, SUR: con la parcela N° 7 del punto T8 al punto T20, en línea recta de 25.778 mts, ESTE: con la torrentera del punto T19 al punto L36, en línea recta de 12.899 mts, y OESTE: con la vialidad del conjunto, del punto T8 al punt.....