UNICO: Con los recaudos acompañados, la boleta anexa y el Edicto publicado, han quedado comprobado los errores señalados, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure en: 1º) Acta de Defunción de la ciudadana ANA MARIA LINAREZ DE BONILLA. el nombre correcto de su hija como "RAMONA DEL CARMEN"; 2º) En la Partida de Nacimiento de RAMONA DEL CARMEN BONILLA LINAREZ, figure correcto el apellido de su madre como "LINAREZ" y 3º) En la Partida de Nacimiento del ciudadano LUIS BONILLA, figure su nombre correcto como "LUIS". En consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara, inserte la nota marginal correspondiente en el Acta de Defunción de Ana Maria Linarez de Bonilla, bajo el Nº 383, año 2007; a la Prefectura del Municipio Jiménez del Estado Lara, inserte la nota marginal en la Partida de Nacimiento.....