Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana: EMMA ROSA APOSTOL, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: LOS POSITOS, CALLE 1, SECTOR DENOMINADO 1A, JURISDICCION DE LA PARROQUIA JUAN DE VILLEGAS, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y alinderadas en: NORTE: En una longitud de once metros (11,00 mts) con calle 1, que es su frente, SUR: En una longitud de once metros (11,00 mts) con terrenos baldíos o cerro, ESTE: Con una longitud de veintidós metros (22,00 mts) con terrenos ocupados por Heugenio Suárez y OESTE: Con una longitud de veintidós metros (22,00 mts) con terrenos ocupados por Lourdes Ma.....