Este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar el ACTA DE NACIMIENTO de la solicitante, ya que por error asentaron el nombre de la solicitante como HIRMA, siendo lo correcto IRMA. En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA BUENA VISTA, MUNICIPIO IRIBARRE DEL ESTADO LARA y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserte la nota marginal correspondiente en el ACTA DE NACIMIENTO No. 03, folios N°.02 frente, año 1956. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los trece días del mes de diciembre del dos mil cinco. Años: 195° y 146°.