PARTE DISPOSITIVA.
Por las razones antes expuestas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por DESALOJO intentada por la ciudadana LIVIA GERMANIA PUERTA ALVAREZ , en contra del ciudadano SILVESTRE GERARDO PARRA RODRIGUEZ.
En consecuencia se condena al demandado a entregar el inmueble arrendado, consistente en una casa situada en la carrera 25 con calle 51 A, No. 51-A-13, cuyos linderos y demás especificaciones constan en el texto de este fallo, libre de personas y cosas con la advertencia de que con sujeción al parágrafo primero del artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, la arrendadora deberá conceder al arrendatario un plazo improrrogable de seis meses para la entrega material del inmueble contados a partir de la notificación que el a quo debe realizar, una vez que la sentencia este definitivamente firme, lo cual indicará en dicha notificación.
Se condena en costas a la parte demandad.....