En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. SIN LUGAR, la demanda por RESOLUCION DE CONTRATO, intentada por el ciudadano VICTOR VITERBO BORJAS GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 2.591.880, contra el ciudadano JUAN CARLOS CANTAZAROS venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 4.353.937. por improcedente.
2. Se condena en costas a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines legale.....