La ciudadana MAIRENA YEOMAR SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. 16.001.003, manifestó estar separada de su cónyuge WILMER ANTONIO EREU RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.627.702, y de este domicilio, desde hace más de cinco (5) años por lo que solicita el Divorcio. Acompañó Acta de Matrimonio. Admitida la solicitud el 20-01-2006, se notificó a la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público, se acordó la citación, la cual fue lograda en forma personal. En fecha 03-02-2006, se realizó el Acto de Contestación. Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vinculo que contrajeran los ciudadanos MAIRENA YEOMAR SANCHEZ y WILMER ANTONIO EREU RAMOS, ya identificados, por ante el Juzgado de la Parroqui.....