Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado RICARDO SÁNCHEZ apoderado de la parte actora, identificado en autos, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 13 de Julio de 2011, confirmándose la misma y en consecuencia se declara SIN LUGAR la demanda por Declaratoria de Comunidad Concubinaria interpuesta por la parte demandante JUDITH KATHERINA MURO CAMEJO.
Se condena en costas a la parte apelante por resultar vencida de conformidad a lo previsto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.