DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA APELACION interpuesta por ELIGIA SOCORRO SILVA, EDDY ABEL CHIRINOS SILVA, NEREYDA JOSÉ CHIRINOS SILVA, NEYDA RAFAELA CHIRINOS SILVA Y ENDER ONÉCIMO CHIRINOS SILVA, como actores sin poder de los coherederos ANDIS ENRIQUE CHIRINOS SILVA Y MARÍA JOSÉ CHIRINOS MELÉNDEZ contra TOMAS IGINIO MOSQUERA CASTILLO, contra la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva dictada en fecha 05 de Mayo de 2.014 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara que declaró INADMISIBLE la presente demanda por motivo de daños y perjuicios. CONFIRMÁNDOSE, en consecuencia, la misma
Se condena en costas a la parte actora de conformidad con el artículo 281 del Código .....