DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide oficio: Se corrige el error supra señalado, dejando establecido. PRIMERO: PARTE ACCIONADA: CARMEN CECILIA CASAMAYOR HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.441.332 de este domicilio. SEGUNDO: Téngase la presente corrección como parte integrante de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 11 de enero de 2023.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve, déjese copia de la presente decisión y remítase el presente cuaderno en la oportunidad correspondiente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripc.....