DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en Lo Civil, Mercantil Y del Tránsito de la circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, actuando en sede Constitucional, decide:
PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE para conocer de presente inhibición, planteada por la abogada JOHANA DAYANARA MENDOZA TORRES, en su condición de JUEZ PROVISORIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en la causa identificada con el número 3507, contentiva del juicio por Amparo Constitucional incoado por el ciudadano RICARDO DE JESÚS PÉREZ VARGAS contra la sentencia de fecha 26/09/2022 dictada por el JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
SEGUNDO: Se declina la competencia en el Juzgado Pr.....