DECISIÓN
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA NULO el auto de admisión del recurso de apelación de fecha 12 de Mayo del corriente, dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, y en consecuencia de ello, se declara INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido por la Abogada Yajaira Josefina Pinto Freitez, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada ciudadana, Antonieta Yaclyn Threeyet Caraballo Barrios, contra el auto dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 4 de Mayo del año 2017.
No hay condenatoria en costa por la naturaleza del presente fallo.
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