Se DECLARA SIN LUGAR LA APELACION interpuesta por la Abogada Dianna Estela Pérez Mendoza, apoderada de la parte actora, identificada en autos, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la circunscripción judicial del Estado Lara, de fecha 20 de Junio del 2005. RATIFICANDOSE en consecuencia la misma. De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de procedimiento Civil, se condena en costas a la parte apelante.