DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado BORIS FADERPOWER, Apoderado Judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia dictada en fecha 24 de marzo de 2009, el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA DE RESOLUCION DE CONTRATO DE PROMESA BILATERAL DE COMPRAVENTA, interpuesta por la empresa PROMOCIONES EL TURBIO PROTURCA C.A., inscrita y domiciliada inicialmente ante el Registro Mercantil de Barquisimeto, estado Lara, en fecha 30 de marzo de 1999, bajo el No. 31, Tomo 14-A, domiciliada en la ciudad de Caracas, posteriormente por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Mir.....