D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Alexis Viera Brandt en contra del auto dictado el 09 de diciembre de 2008 por la Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Por la naturaleza de la decisión no hay condenatoria en costas procesales.
Queda así CONFIRMADO el auto apelado, por motivos diferentes a los señalados en el mismo.
De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.