DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado HIBBERT RODRÍGUEZ, Apoderado Judicial de la parte co-demandada en la presente tercería, en contra de la sentencia dictada en fecha 30 de noviembre de 2010, por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Se declara SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 10 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, propuesta por la parte co demandada, en el juicio por TERCERÍA intentado por ARMANDO ANTONIO MARTÍNEZ RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.857.545, en contra de los ciudadanos GIOVANNI ARANGU CASTILLO y FRANCISCA ANTONIA GONZÁLEZ CARRILLO, venezolanos, mayores de edad, titul.....