DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana MARÍA SUSANA HIDALGO TORRES, Apoderada Judicial de la parte actora, en contra del auto dictado en fecha 9 de abril de 2015, por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA. En consecuencia, se ORDENA al Juzgado a-quo, admitir la demanda por PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONCUBINARIA intentada por la ciudadana MARÍA SUSANA HIDALGO TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.430.826, en contra de LEOPOLDO JOSÉ GUERRA CHACÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.478.610.
Queda así REVOCADO el auto apelado.
De conformidad con el 248 del Código de Procedimiento Civil, exp.....