DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la apelación intentada por el abogado JORGE LUIS MOGOLLÓN, en contra de la sentencia interlocutoria dictada por el Juzgado Segundo de primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el juicio de ACCION REDHIBITORIA interpuesta por el ciudadano JOSE LEONIDAS UZCATEGUI RODRIGUEZ en contra del ciudadano CARLOS JOSE ROO DURAN.
Queda así CONFIRMADA la sentencia interlocutoria apelada.
De conformidad con el Art. 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese oportunamente