D E C I S I O N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana RAQUEL MENDOZA contra la sentencia dictada el 24 de mayo de 2004 por la Juez de Juicio Nº 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, quien declaró CON LUGAR la solicitud de Régimen de Visitas intentada por el ciudadano LUIS RAFAEL ABARCA contra la ciudadana RAQUEL MENDOZA, en beneficio del niño LEUDIS RAFAEL ABARCA MENDOZA. En su defecto, el progenitor podrá retirar al niño en su hogar materno los sábados cada quince días a las 9:30 a.m. y regresarlo el mismo día hasta las 8:00 p.m.; durante las vacaciones escolares estará 7 días pernoctando el niño con su padre en el hogar de éste, permitiendo el padre que la madre mantenga contacto físico y telefónico con él; para el .....