D E C I S I O N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDA la acción de amparo intentada por la ciudadana SOL ANGEL PINO VALERO contra la JUNTA DE CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL LOS JABILLOS EDIFICIO 4, en la persona de su administradora, ciudadana SONIA YANIN GUITIAN de CASTRO, por la falta de asistencia de la recurrente a la Audiencia Constitucional. En consecuencia, SE REVOCA la medida cautelar anticipada dictada por el a-quo en fecha 16-06-2005. Queda así MODIFICADA la sentencia consultada.
De conformidad con el Art. 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta decisión para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese oportunamente