DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado JUAN CARLOS II PINEDA MENDOZA en contra de la sentencia dictada en fecha 12 de Mayo de 2009, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, y PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentada el ciudadano MUJICA ENRIQUE JOSE, contra la empresa COOPERATIVA DE SEGUROS C.A.B.627 R.L., y se ordena a la parte demandada a pagar a la actora PRIMERO: la cantidad de Veinticinco Millones de Bolívares (Bs. 25.000.000,oo) equivalentes a Veinticinco Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 25.000,oo), SEGUNDO: Lo concerniente a los intereses moratorios devengados de acuerdo a lo establecido en el artículo 1.746 del Código Civil, desde la fecha de .....