D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Nélida Escobar en contra de la sentencia dictada en fecha 29 de enero de 2009 por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el presente juicio de Reivindicación interpuesto por la ciudadana Zenaida del Carmen Pargas de González contra el ciudadano Saúl de La Ossa, todos identificados.
Queda así MODIFICADO el fallo apelado.
De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese oportunamente.