DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada reconviniente. En consecuencia se declara INADMISIBLE, la RECONVENCIÓN propuesta por la ciudadana ZUGHEY DEL VALLE RIVADENEIRA contra ROSANNA SONALY BEUSES, CARLOS EDUARDO HERNANDEZ CONTRERAS, MIYEL JOSE PAVON y YOLYSA DESIREE LEAL PAVON, antes identificados. Se condena en costas a la demandada reconviniente por hacer resultado infructuoso el recurso de apelación interpuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Queda así CONFIRMADO el auto apelado.
De conformidad con el 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíq.....