DECISION
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la recusación interpuesta por el abogado VICTOR CARIDAD, apoderado judicial del ciudadano ARMANDO GILBERTO MENDOZA CASTILLO contra el Juez Provisorio del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Estado Lara, Dr. HAROLD PAREDES BRACAMONTE, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES intentara el ciudadano YEPEZ CARLOS EDUARDO, todos suficientemente identificados, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se condena a la parte recusante, al pago de una multa de DOS BOLIVARES FUERTES (Bs F..2.,00) en el término de tres (3) días por ante la DIVISIÓN DE RECAUDACIÓN ÁREA LIQUIDACIÓN DEL SENIAT, para su ingreso en la Tesorería Nacional, y con.....