DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesto por la ciudadana OLMARY GONZALEZ SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.777.848, contra el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DEL ESTADO LARA, en el juicio de DISOLUCIÓN DE SOCIEDAD MERCANTIL intentado por el ciudadano RAMÓN CAÑIZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.358.684, contra la aquí querellante y la sociedad mercantil CENTRO ONCOLÓGICO DR. RAMÓN CAÑIZALEZ, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo del estado Lara, en fecha 24-02-2005, el cual quedó anotado bajo el N° 16, Tomo 14-A.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
De conformidad con el 248 de.....