D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara NULO el auto de fecha 24 de septiembre de 2014, que oyó la apelación realizada por la abogada PATRICIA VARGAS SEQUERA, Apoderada Judicial de la parte demandada, en el juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS intentado por BOLÍVAR FERNÁNDEZ PEDRO JOSÉ, en contra de la entidad financiera BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO BANCO UNIVERSAL (B.O.D.). En consecuencia, se RATIFICA el auto dictado en fecha 5 de Mayo de 2014, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Queda CONFRMADO el auto apelado.
De conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respe.....