D E C I S I O N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por los abogadas HERNÁNDEZ MELENDEZ DE LEGISA YULY y RONDON CRISTOBAL, contra el auto dictado el 16 de Enero de 2008 por la juez de juicio Nº 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara en el presente juicio de INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES intentado en contra de LEGISA GRESCHONING GERTRUD, en el cual se insta a los abogadas HERNÁNDEZ MELENDEZ DE LEGISA YULY y RONDON CRISTOBAL que señalen la persona quien se va a intimar. Queda así REVOCADO el auto apelado.
De conformidad con el Art. 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.