Vista la diligencia de fecha 23-11-2015, suscrita y presentada por la ciudadana AGUILAR DE ORTA LILA AMPARO DEL SOCORRO, parte actora, debidamente asistida por la Abogada María del Carmen Álvarez Lucena, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 55.167, mediante la cual DESISTE del recurso de apelación del auto de fecha viernes 16 de octubre de 2015, mediante el Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, inadmitió la presente demanda. Este Juzgado Superior Primero Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por CONSUMADO dicho DESISTIMIENTO y en consecuencia, LO PASA CON AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, quedando FIRME la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el 16 de octubre de 2015, en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENT.....