DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesto por el FABRICA DE VELAS Y VELONES SEGOVIA C.A., contra la Medida Cautelar decretada en fecha 03/10/2016, por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA en el juicio de USO INDEBIDO DE MARCA Y DAÑOS Y PERJUICIOS MSTERIALES Y MORALES, intentado por la ciudadana JULIA TERESA RAMONES contra la querellante. En consecuencia, se ordena levantar la medida cautelar de suspensión temporal decretada por este Tribunal, el día 18/10/2016, del acto de ejecución dictado por el tribunal a-quo; ofíciese al JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA.
De conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento C.....