DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora, asistido por el abogado Jean Carlos Lovera, apoderado judicial de la parte actora, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, la cual declaró Inadmisible la demanda por Cobro de Bolívares intentada por ASNOLDO EMIRO ZAMBRANO URDANETA contra MARÍA ELENA MARTÍNEZ MOGOLLÓN.
No hay condenatoria en costas.
Queda así CONFIRMADA la sentencia apelada.
De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al Libro respectivo.