IV
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer la presente acción de amparo constitucional, interpuesto por Sociedad Mercantil, MULTIINTEGRALES DE SERVIVIOS J.G DE LARA C.A, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara bajo el Nº 18, Tomo 16-A, de fecha 21 de Febrero de 2006, representada por su Presidente JOSE RAFAEL GARCES PEREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-9.635.236, asistido por el abogado Julio Cesar Alvarado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 126.060; contra la sentencia de fecha 23 de noviembre de 2015, dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO .....