En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR el Amparo Cautelar solicitado por el por la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN INVERSIONES TIUNA, C.A., a través de su Presidente ciudadano JOEL RODRIGO MORALES PAZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V- 10.459.286, asistido en este acto por el abogado en ejercicio JOSÉ ENRIQUE CASTILLO RODRÍGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 53.550, en el cual solicita la nulidad DECISIÒN N° 0086, emanada del PRESIDENTE DEL INSTITUTO AUTÓNOMO DEL CIRCULO DE LA FUERZA ARMADA, de fecha 19 de febrero de 2008 y notificada del 20 de febrero del 2008, y en consecuencia se ORDENA SUSPENDER LOS EFECTOS del mencionado acto administrativo, procediendo su apertura y de igual forma.....