Así, advertida la existencia de una total inactividad en el presente procedimiento, sin que efectivamente se haya realizado acto alguno que demuestre un interés en su continuación, considera oportuno esta Juzgadora, sin que se cuestione el derecho de las partes de activar nuevamente la causa, ordenar la remisión del expediente a la sede del archivo judicial de esta Circunscripción Judicial, a los fines de que proceda al archivo para su resguardo, conservación y cuidado.
En consecuencia, se ORDENA el archivo temporal del expediente.
La Jueza Provisoria,
Abg. Marvis Maluenga de Osorio
El Secretario,
Abg. Ricardo Querales
Seguidamente se archivó constante de dos (02) piezas, la PRIMERA en trescientos cuarenta y seis (346) folios útiles y la SEGUNDA (02) con foliatura separada de doscientos veintinueve (229) folios útiles, relacionada con la presente causa.
El Secretario,