Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en Barquisimeto, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 16 de diciembre de 2013, por la parte demandante, contra la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fecha 13 de diciembre de 2013, mediante la cual declaró sin lugar la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medida cautelar, por el ciudadano Sad Shamekian Kanjelian, actuando en su condición de Presidente de la sociedad mercantil "FERREHERRAMIENTA, C.A.", asistido por el abogado Georges Gharghour, todos plenamente identificados; contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° 30-2009, emanado de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO PÁEZ DEL ESTADO PORTUGUESA.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia dictada.....