Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer la presente acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Carmen Susana Durán de Cerro, titular de la cédula de identidad Nº 7.359.738, actuando en representación de la sociedad mercantil AEROCENTRO C.A., protocolizada en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 06 de julio de 1987, bajo el Nº 48, tomo 3-F, asistida por el abogado Ángel Perozo Betancourt, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 127.497, contra el auto de fecha 20 de julio de 2012, dictado por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, mediant.....