III
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para entrar a conocer y decidir en primera instancia la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar, por el ciudadano CÉSAR AUGUSTO FIGUEIRA PERALTA, titular de la cédula de identidad No. 7.585.235, actuando en su condición de Comandante de la Zona Operativa de Defensa Integral Lara (ZODDI LARA), asistido por la abogada Rosario Herrera Prado, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 66.036, contra el MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, por la señalada "(...) OMISIÓN EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ASEO URBANO Y DOMICILIARIO, LIMPIEZA, RECOLECCIÓN Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS, desde el día trece (13) de .....