III
DECISIÓN
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para conocer y decidir el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, por el abogado Harold Contreras Alviarez, ya identificada, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil TRANSPORTE COROMOTO C.A.; contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 1222, de fecha 11 de diciembre de 2009, mediante la cual se le impuso multa a su representada, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA, SEDE "PEDRO PASCUAL ABARCA", mediante la cual le imponen multa por la cantidad de catorce mil novecientos cuarenta y ocho con trece céntimos (14.948,13).
Harold Contreras Alviarez, inscrito en el Institu.....